La policía de Lagos defiende a los agentes del RRS vistos conduciendo contra el tráfico en un vídeo viral
El Comando de Policía del Estado de Lagos ha notado la tendencia del video que involucra a un vehículo patrulla del Equipo de Respuesta Rápida (RRS) ‘RRS Attack 07’ visto conduciendo en contra de la dirección normal del tráfico y desea aclarar las circunstancias del incidente.
El Comando desea declarar que el movimiento de vehículos policiales en contra de la dirección normal del tráfico está permitido en circunstancias operativas y de emergencia legalmente reconocidas, particularmente cuando los agentes responden a llamadas de socorro, persiguen a sospechosos de delitos, llevan a cabo operaciones de seguridad urgentes o desempeñan otras tareas oficiales exigentes.
En este incidente específico, el equipo de patrulla del RRS, dirigido por un inspector de policía, fue debidamente desplegado en la Sala de Control de Mando tras las llamadas de ayuda de personas atrapadas en el mismo atasco, solicitando la intervención de la policía para despejar la obstrucción y restablecer el libre flujo de tráfico. El equipo de RRS, conocido por su capacidad de respuesta y eficiencia operativa, fue la formación policial disponible más cercana al lugar y respondió de inmediato a las llamadas de ayuda. Para acceder al punto de origen de la obstrucción y resolver eficazmente la situación, el equipo tuvo que circular por el carril contrario de la vía.
Es importante mencionar que la congestión del tráfico en Lagos, si no se gestiona rápida y adecuadamente, puede aumentar rápidamente y extenderse a las carreteras adyacentes, creando más embotellamientos, perturbando las actividades económicas y potencialmente impidiendo el acceso a los servicios de emergencia. Por lo tanto, la acción del equipo fue una decisión operativa deliberada tomada en interés de la seguridad pública y la conveniencia de otros usuarios de la vía, y no un acto de desprecio sin sentido de las normas de tránsito.
Esto está de acuerdo con el Reglamento 158 del Reglamento Nacional de Tráfico por Carretera de 2012, que permite a un agente de la ley que conduce un vehículo en una situación de emergencia o mientras participa en tareas de protección civil ignorar las indicaciones de una señal de tráfico prescrita, sujeto al requisito de tener la debida consideración por la seguridad de los demás usuarios de la vía.
Sin embargo, al Comando le preocupan los enfrentamientos, el acoso y la obstrucción deliberada de los oficiales en el desempeño de esta misión legal. La conducta de las personas, incluidas sus declaraciones capturadas en vídeo, genera preocupación sobre una posible animosidad personal y un intento deliberado de dañar a los agentes en el desempeño de sus funciones legales.
Además, el bloqueo deliberado de la carretera por parte de particulares, negando así el acceso a la misma a otros conductores y usuarios de la vía, es inaceptable y constituye una violación de los derechos de otros usuarios de la vía. Dicha conducta también constituye una obstrucción de los agentes de policía en el desempeño legal de sus funciones de conformidad con el artículo 98 de la Ley de Policía de Nigeria de 2020.
Si bien el Comando reconoce los derechos de los ciudadanos a expresar preocupaciones, exigir rendición de cuentas y criticar constructivamente la conducta policial, no tolerará actos deliberados de intimidación, acoso, provocación u obstrucción de agentes de policía que desempeñan funciones operativas legales.
El Comando sigue abierto a quejas genuinas, críticas constructivas y escrutinio público legítimo. Sin embargo, estos deben ejercerse con responsabilidad y dentro de los límites de la ley. El Comando continuará protegiendo los derechos de los ciudadanos mientras garantiza que su personal reciba el respeto y la cooperación necesarios para llevar a cabo sus responsabilidades legales.
